RECONOCIMIENTOS MEDICO-DEPORTIVOS
- A todos los Clubes (para su difusión entre los atletas) - A los atletas propuestos para su inclusión en el Proyecto Técnico
Atendiendo a las recomendaciones de la RFEA, y a propuesta del Comité Técnico, la Junta Directiva, mediante acuerdo de 6 de marzo de 2007, ha aprobado la siguiente normativa en materia de reconocimientos médico-deportivos:
1. A todos los atletas con licencia por la Federación Extremeña de Atletismo se les recomienda la realización, al menos cada dos años y preferentemente por un médico del deporte, de un reconocimiento médico-deportivo que incluya, al menos, las siguientes actuaciones: 1.1. Historia médica y familiar, con especial atención en búsqueda de antecedentes de episodios relacionados con enfermedades cardiovasculares. 1.2. Exploración física, con auscultación cardio-pulmonar detallada con especial atención en búsqueda de signos relacionados con enfermedades cardiovasculares. 1.3. Electrocardiograma de doce derivaciones en reposo.
2. A los atletas de nivel nacional de las especialidades de medio fondo y fondo, marcha y pruebas combinadas se les recomienda, además, realizar, al menos anualmente y preferentemente por un médico del deporte, una prueba de esfuerzo máxima en tapiz rodante.
3. En cualquier caso, ante el hallazgo de antecedentes o signos relacionados con enfermedad cardiovascular será preciso la remisión del deportista a un centro especializado para la realización de un ecocardiograma o de una monitorización de electrocardiograma de 24 h (Holter). Si se advirtiera cualquier antecedente o signo de enfermedad de otro tipo o lesión, se recomienda asimismo un estudio más en profundidad.
4. Para los atletas vinculados al Proyecto Técnico Pekín-2008 las recomendaciones indicadas en los puntos 1 y 2 tendrán carácter obligatorio, facilitándoseles la posibilidad de realizar gratuitamente estos reconocimientos en los servicios médicos concertados con la Federación (Dr. Marcos Maynar), si bien aquellos que así lo deseen podrán aportar informes emitidos por otras entidades siempre que se ajusten a las especificaciones señaladas.
5. Los atletas propuestos por los responsables de los diferentes sectores para su inclusión en el Proyecto Técnico que renuncien a realizarse estos reconocimientos médico-deportivos perderán la posibilidad de recibir cualquier ayuda (técnica, médica, económica) por parte de esta Federación.
6. Se establece inicialmente como fecha tope para presentar los referidos informes médicos el 31 de diciembre de cada año, sin perjuicio de que esta fecha tope pueda modificarse en futuras temporadas.
El Secretario General
(En el original) Fdo.: Pedro Talavera Talavera |